“Sorteo Piletero” y “Sorteo Cabañas” – Bases y Condiciones:
- Los presentes sorteos, “Sorteo Piletero” y “Sorteos Cabañas”, en adelante denominados conjunta e indistintamente como “Los Sorteos«, es organizado por La Mutual de Socios de la Asociación Médica de Rosario, en adelante «La Mutual”, el cual está destinado exclusivamente para socios de su casa matriz ubicada en calle Tucumán 1754 de la ciudad de Rosario, de Santa Fe, y queda sujeto a las siguientes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).
- Los Sorteos se realizarán ambos el día 14.12.2022 en el domicilio de La Mutual.
- Participarán de Los Sorteos todos aquellos socios contemplados en el Art.7 del Estatuto Social en sus inc. a, b y c, que cumplan con las siguientes condiciones:
3.1. Para el “Sorteo Piletero”: Todos aquellos Socios que, hasta el 10.12.2022 inclusive, adquieran un abono de pileta para el Centro Recreativo de Arroyo Seco (C.R.A.S.).
3.2 Para el “Sorteo Cabañas”: Todos aquellos socios que, desde el 14.11.2022 hasta el 10.12.2022 reserven y/o alquilen al menos una cabaña del Centro Recreativo de Arroyo Seco (C.R.A.S.).
3.3 Sin perjuicio de lo expuesto a cláusulas 3.1 y 3.2, aquellos socios que pretendan participar, y no cumplan con las condiciones expuestas en las mismas, podrán igualmente hacerlo, debiendo remitir un e-mail a La Mutual, a la dirección de correo electrónico sorteo@mutualamr.org.ar indicando expresamente que: a) desean participar, b) especificar la denominación del sorteo del cual deseen participar, e c) informar datos personales completos (nombre y apellido, DNI, y domicilio).
3.4 Para participar en ambos sorteos, los socios asimismo deberán tener paga la Cuota Societaria correspondiente al mes de octubre del año 2022, incluido el Fondo de Subsidios para la Ayuda Escolar de Hijos de Socios Fallecidos; estando comprendidos quienes se hubieren afiliado hasta el 10/12/2022.
3.5 Que a la fecha del sorteo no estén excluidos por algunas de las causas establecidas en el Art.10 del Estatuto de la Mutual de Socios de AMR, ni que hayan solicitado la baja de su calidad de socio, por cualquier causal que fuere, incluso el fallecimiento.
3.6 Quedan excluidos del sorteo las personas jurídicas, los empleados y directivos de La Mutual.
- La participación del Sorteo es libre, gratuita y sin obligación de compra. Las consultas podrán ser evacuadas en Casa Matriz de La Mutual.
- Los premios del “Sorteo Piletero” son dos (2) en total, y consisten en los siguientes:
1er Premio: un (1) Set de Mate.
2do Premio: una (1) Picada y seis (6) Cervezas marca “Corona”. - El premio del “Sorteo Cabañas” es uno (1) y consiste en el siguiente:
1er Premio: Un (1) Abono de Pileta para el ganador (y su grupo familiar primario que incluye cónyuge e hijos solteros hasta 21 años de edad; y nietos de hasta 13 años de edad). - Los números con los que participará cada socio del sorteo, serán asignados hasta el 10.12.2022. A partir del 13.12.2022 los números ya asignados estarán a disposición de los socios participantes para ser consultados por cualquiera de los canales de contacto que La Mutual ostenta. Se asignará en forma aleatoria un (1) número por cada socio participante.
- Ambos Sorteos se llevarán a cabo ante Escribano Público y por sistema de bolillero. En el momento de cada sorteo, habrá un total de tres (3) bolilleros; el 1ro. Se utilizará para extraer la unidad, el 2do. la decena y el 3ro. la centena de cada número entero final. Se sacarán los dos (2) números ganadores y un (1) suplente para el “Sorteo Piletero”, y un (1) número ganador y un (1) suplente para el “Sorteo Cabañas”. A los efectos de cada sorteo, cada bolillero dispondrá de diez (10) bolillas con los números del 0 (cero) al 9 (nueve). Para el hipotético caso de que, los Socios Participantes, superen la cantidad de 999 números, se agregará un 4to bolillero para la unidad de mil; y para el supuesto de que, los Socios Participantes no superen la cantidad de 99 números, se quitará el 3er bolillero. La mecánica del sorteo será la siguiente: se extraerá la primera bolilla correspondiente a las unidades del 1er bolillero, dicha bolilla no ingresará al bolillero y se extraerá la segunda bolilla del 2do bolillero que corresponderá a las decenas, y así sucesivamente hasta formar un número entero final, el cual deberá ser menor o igual a la totalidad de números aleatoriamente ya asignados; una vez formado el primer número se repite la mecánica hasta obtener la totalidad de números ganadores y luego los suplentes. El primer número seleccionado corresponderá al primer ganador del sorteo, el segundo número al segundo ganador del sorteo y el tercer número al suplente para el “Sorteo Piletero”, y con respecto al “Sorteo Cabañas” el primer número seleccionado corresponderá al ganador del sorteo y el segundo número al suplente del mismo. Ante el supuesto de que, una de las bolillas extraídas conforme un número mayor a la cantidad de números participantes, la misma no será tomada como válida y se seguirán extrayendo bolillas correspondientes en el mismo orden hasta que el número final conformado esté dentro de dicha cantidad. El socio que salga sorteado, quedará inhabilitado para participar de los premios subsiguientes. No se requerirá la presencia de los socios participantes en el acto de sorteo.
- La probabilidad de resultar ganador de uno de los premios del “Sorteo Piletero” dependerá de la cantidad de participantes que se inscriban al sorteo. Ejemplo: En el supuesto de que se asignen un total de mil (1.000) números, la probabilidad será del % 0,2 por cada número. La probabilidad de resultar ganador de uno de los premios del “Sorteo Cabañas” dependerá de la cantidad de participantes que se inscriban al sorteo. Ejemplo: En el supuesto que se asignen un total de mil (1.000) números, la probabilidad será de % 0,1 por cada número.
- Correrán a cargo del ganador todos los impuestos y/o gastos (actuales o futuros) -cualquiera que sea su naturaleza- que pudieran derivar del premio.
- Los ganadores serán aquellos socios cuyos números coincidan con los números ganadores del sorteo del día 14.12.2022 y, a su vez, cumplan con todas las condiciones mencionadas en las presentes “Bases”; caso contrario, se considerará ganador al número suplente. Para el caso de que el premio no pueda ser adjudicado a ningún participante sorteado, incluso el suplente, el premio quedará vacante.
- La Mutual podrá exhibir el nombre y apellido de los ganadores en todo tipo de medios de comunicación masiva y pública. Los participantes del Sorteo, por el solo hecho de participar en la promoción, autorizan a La Mutual, en caso de resultar ganadores, a publicar sus datos personales consignados en los registros de La Mutual, tales como el nombre y apellido, por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, a su exclusivo criterio y decisión, como así también sus fotografías para fines publicitarios, sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia de la promoción y hasta los trescientos sesenta y cinco (365) días posteriores a la finalización de la misma.
- Por el solo hecho de participar en el sorteo, los participantes aceptan que, la única forma legal de notificación de la condición de ganador del Premio es vía email, a la dirección de correo electrónico consignado en los registros de La Mutual. Cualquier error en los datos consignados por los participantes en el registro es de única y exclusiva responsabilidad de los mismos. Los /las ganadores/as tendrán que presentarse en el día y horario que al efecto le indique La Mutual, con documento nacional de identidad consignado en los registros de La Mutual, a fin de acreditar su identidad, y efectuar todos los trámites relativos a la adjudicación del premio por el cual han sido sorteados.
- En caso que el/la ganador/a no se haga presente dentro de los 15 días posteriores a la fecha designada y comunicada por La Mutual, según lo establecido a cláusula precedente, en las oficinas de At. al Socio, sito en calle Tucumán 1754 de la ciudad de Rosario, con la documentación solicitada, perderá de forma automática la posibilidad de acceso al premio, sin derecho a indemnización alguna. El premio será asignado al suplente.
- Los Ganadores no podrán exigir el cambio del Premio por otro.
- La Mutual no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada a los participantes de la presente promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso de los Premios objeto del Sorteo una vez entregados los mismos, cualquiera hubiere sido su causa. La Mutual tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos del premio, de los que pudiera ser objeto los ganadores. La Mutual se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el participante y/o terceras personas, proveniente del caso, fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable a La Mutual.
- La Mutual podrá a su exclusivo criterio modificar la fecha y/u horario de realización del Sorteo, el Premio a entregar por otros de idénticas características, y/o valores, o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos precedentes dando en su caso, la debida comunicación y publicidad, y llevando a cabo, de corresponder, los procedimientos legales necesarios. La Mutual podrá suspender, modificar, total o parcialmente, las presentes “Bases”, cuando sobrevengan situaciones no imputables a ella, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
- La Mutual se reserva la facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas bases, y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
- El simple hecho de participar en este Sorteo implica el conocimiento y aceptación de todas las condiciones contenidas en las presentes “Bases”, como así también la aceptación de las modificaciones que pudiera realizar La Mutual sobre cualquier cuestión no prevista en ellas, supuestos en los cuales los participantes no tendrán derecho a reclamo alguno.
- Resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el/los participante/s, los Tribunales Provinciales de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte del/os participante/s a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle
- Estas bases podrán ser consultadas de forma libre y gratuita.